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El ESPAÑOL O EL NINGUNEO DE LA UTILIDAD

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    Ilustración de Martín Kovensky. Publicada en la Voz 24/03/2019   El Diccionario Panhispánico del español jurídico define lengua oficial como: 1) Gral. Lengua que emplea un Estado para la publicación de sus instrumentos legales y sirve, a la vez, como medio de comunicación de los connacionales . 2) Proc. Idioma o lengua en que debe realizarse un acto procesal para producir plenos efectos. (1) A su vez, la Constitución Española (tal y como la hemos conocido), en su artículo 3 , afirma que: 1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. 2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos. 3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección . Por ponernos en antecedentes, ese Castellano o español (tanto monta, mon